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Con fecha 01 de Agosto de 2013, el Gobierno ha publicado en el BOE, una resolución que regula y determina los plazos y forma para la tramitación de Solicitudes del Programa PREPARA.

Este Programa, tiene por objeto la recualificación profesional de las personas que agoten la prestación y/o subsidios por desempleo, y ya fue prorrogado mediante RDL 1/2013, el pasado 26 de Enero. En dicho texto, se articula una prórroga automática de las Ayudas, por períodos de 6 meses, vinculada a que la Tasa de Desempleo sea superior al 20%, encontrándose en estos momentos en un 26,9%.

Por tanto, y derivado de la situación de Desempleo actual, con fecha 16 de Agosto, queda prorrogado automáticamente, hasta el próximo 15 de Febrero de 2014, el citado programa de Ayudas.

A efectos ilustrativos, recordamos que las personas que pueden ser Beneficiarias de estas ayudas son:

A) Desemplead@s e inscrit@s como demandantes de empleo
B) Agotar la prestación por desempleo de Nivel Contributivo, dentro del período 16/08/2013 a 15/02/2014.

De forma adicional a lo anterior, deben estar excluidos de los Subsidios por Desempleo, o bien haber agotado también los mismos, en cuyo caso deberán reunir uno de los dos requisitos siguientes:

A) Llevar inscritos como demandantes de empleo al menos 12 de los últimos 18 meses.
B) Tener Responsabilidades Familiares.

A todo lo anterior, se adiciona el requisito de carencia de rentas (en cómputo mensual han de ser inferiores al 75% del SMI, es decir, 483.-€).

Por último, recordar que el importe de estas ayudas es de 400.-€, en caso de no tener responsabilidades familiares, o bien de 452.-€, en caso de existir dichas responsabilidades.