ASETRA, Gestoría - Asesoria

Fiscal - Laboral - Contable - Jurídico - Seguros - Inmobiliaria

clientes.asetra.net
  • Facebook
  • RSS
  • Twitter
  • Inicio
  • Quienes Somos
  • Asesoría
    • Contable y Fiscal
    • Laboral
    • Mercantil
    • Jurídico
    • Gestoría Administrativa
    • Tráfico y Transportes
    • Certificados Digitales
    • LOPD y LSSI
  • Seguros
    • Particulares
    • Empresas
  • Inmobiliaria
  • Presupuesto
  • Contacto
  • Situación
  • Blog

Modificación de la Ley de RENTA de las personas físicas

27 febrero, 2015 by asetra

El pasado 28 de noviembre se ha publicado la Ley 26/2014 de reforma del IRPF que entrará en vigor el ejercicio 2015. Pasamos a comentar las principales novedades que van a afectar a los contribuyentes.

IRPF-150x150

  • Las indemnizaciones por despido seguirán estando exentas, pero sólo los primeros 180.000€
  • A las ganancias patrimoniales producidas por venta de inmuebles adquiridos antes de 1994 se les seguirá aplicando los coeficientes reductores, ahora con el límite máximo de 400.000€ del valor de transmisión.
  • En los rendimientos derivados del arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda se elimina la reducción del 100% anterior y se mantiene la del 60%.
  • Desaparece la deducción por alquiler de vivienda ( para el inquilino). Para las personas que estuvieran de alquiler en años anteriores se les aplicará un régimen transitorio.
  • Las ventas de derechos de suscripción de acciones tributarán, antes no, y se elimina la exención de los primeros 1500€ en ingresos por dividendos.
  • Es el último año que tributen por el sistema de módulos actividades como albañilería, fontanería, carpintería o electricidad. El comercio al por menor y los transportes podrán seguir en el sistema.
  • Aumentan los mínimos por contribuyente, descendientes, ascendientes, discapacidad y se crea una nueva deducción por familia numerosa.
  • Se declaran exentas las ganancias derivadas de la transmisión de cualquier elemento patrimonial realizada por personas mayores de 65 años siempre que se destinen a constituir rentas vitalicias. Tienen el límite de 240.000€.
  • Planes de pensiones, disminuye el límite máximo a desgravar a 8.000€, manteniendo los actuales para personas mayores de 50 años.
  • Se suprime la deducción por obtención de rendimientos de trabajo o actividad económica de 400€ anuales.

Filed Under: Varios

Dinos qué necesitas

PRESUPUESTO

Categorías

  • Ayudas (2)
  • COVID-19 (5)
  • Decretos (7)
  • Deduciones (1)
  • Laboral (2)
  • Normativa (20)
  • Novedades Fiscales (75)
  • Subvenciones (1)
  • Tramites (5)
  • Varios (139)

PORTAL DEL CLIENTE

PORTAL DE EMPLEADO

Asesoría

  • Laboral
  • Mercantil
  • Contable y Fiscal
  • Jurídico
  • Gestoría Administrativa

Seguros

  • Particulares
  • Empresas

Síguenos en

  • Facebook
  • RSS
  • Twitter

Nuestra Web

  • Home
  • Quienes Somos
  • Asesoría
  • Seguros
  • Inmobiliaria
  • Presupuesto
  • Contacto
  • Situación
  • Blog

Legal

  • LOPD y LSSI
  • CIRCE
  • Calendario Fiscal
  • Legal
  • Mapa Web
  • Aviso Legal
  • Política de Privacidad
  • Política de Cookies

Dirección

Asesoría de Empresas y Autónomos y Despacho Jurídico

Avda. Real de Pinto 79 1º y 2º
28021 Madrid
Tel: 91 798 45 55

Gestoría Administrativa y Tráfico

Avenida Real de Pinto 26
28021 Madrid
Tel: 91 798 40 40

Agencia de la Propiedad Inmobiliaria

Avda. Espinela 3
28021 Madrid
Tel: 91 369 94 95

Digiworks® Diseño y desarrollo de aplicaciones y páginas web.
Este sitio web utiliza cookies para obtener datos estadísticos de su navegación. Si sigue navegando se entenderá que acepta su instalación.
Aceptar