Los Presupuestos Generales del Estado aprobados por el Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes 30 de marzo incluye una serie de medidas tributarias con las que se pretende incrementar la recaudación para, complementariamente a la reducción de los gastos de los ministerios, conseguir una reducción del déficit.

Estas medidas no incluyen modificación alguna sobre el IVA, pero su tienen repercusión sobre el Impuesto sobre Sociedades. Además incluyen otras actuaciones que pretende hacer aflorar una parte de la economía sumergida.

 

Los cambios en el Impuesto sobre Sociedades

Se elimina la libertad de amortización para grandes empresas y se habilitará un mecanismo de transición para limitar la deducción por libertad de amortización por las inversiones realizadas anteriormente a la derogación de la medida. En el caso de las pymes se mantiene la libertad de amortización ligada exclusivamente a la creación de empleo.

Se reduce del 5% al 1% el límite máximo anual que puede deducirse del fondo de comercio resultante de la adquisición de entidades o de procesos de reestructuración empresarial.

Se fija, para 2012 y 2013, un pago fraccionado mínimo para las empresas con un resultado contable por encima de los veinte millones al año. Este será del 8% del resultado de su PyG, o del 4% si al menos el 85% de sus ingresos corresponden a rentas exentas o dividendos con derecho a deducción por doble imposición. En el próximo pago fraccionado deberá aplicarse un tipo del 4% sobre resultado contable.

No serán deducibles los gastos financieros que sobrepasen el 30% del resultado del ejercicio. Los gastos que no fueran deducibles en el año podrán aplicarse en los ejercicios siguientes hasta un máximo de dieciocho años. No serán deducibles los gastos financieros derivados de la compra de participaciones de empresas del un mismo grupo, excepto en los casos en que se justifique por motivos económicos.

Para 2012 y 2013 se rebaja el límite de deducciones aplicables del 35% al 25%, incluyendo la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios. Además se reduce la deducción por actividades de I+D supere el 10% de la cuota. desde el 60% al 50%.

Otras medidas

Se abre un plazo para la regularización extraordinaria de capitales no declarados. Este proceso finalizará el 30 de noviembre de 2012 y para acogerse a él deberá presentarse una declaración confidencial pagar un gravamen complementario del 10% bienes y derechos regularizados.

Además se fija un gravamen del 8% para los dividendos o participaciones en beneficios que se repatríen hasta el 31 de diciembre de 2012 procedentes de fuentes extranjeras situadas en paises de reducida tributación.

Fuente: Blog Sage