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Las empresas podrán pagar las deudas en vía ejecutiva con tarjeta bancaria de débito o crédito a la Seguridad Social

12 septiembre, 2013 by asetra

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha desarrollado este nuevo servicio denominado «Pago con tarjeta de deudas en vía ejecutiva», por el que podrán abonarse las deudas derivadas de expedientes y providencias de apremio y de expedientes de aplazamiento.

Se trata de una gestión que no precisa de certificado digital ni tiene coste alguno para el usuario ya que no generan ningún tipo de comisión.  El pago con tarjeta de débito o de crédito será efectivo entre las 24 y las 48 horas siguientes a la realización de la operación.
El nuevo servicio electrónico responde a la demanda de los ciudadanos que ya pueden saldar su deuda sin necesidad de desplazarse a las administraciones de la TGSS o a las entidades financieras. Para ello tan sólo deberán disponer de tarjeta bancaria y de un terminal con conexión a Internet.
Al ahorro económico que supone la puesta en marcha de un servicio electrónico se suma una mayor capacidad de recaudación ya que facilita a los titulares el abono de la deuda desde cualquier lugar desde dentro o fuera de España.
Las implicaciones técnicas del nuevo servicio y la seguridad necesaria para este tipo de gestiones exigían simulaciones en modo real antes de activarla en la sede electrónica del organismo. Por ello, desde el pasado mes de agosto, el personal de la Tesorería General de la Seguridad Social ha realizado diversas pruebas que garantizan el correcto y seguro funcionamiento del servicio.
El pago con tarjeta de deudas en vía ejecutiva se encuentra ya operativo en la sede electrónica de la Seguridad Social, sede.seg-social.gob.es.(LaMoncloa)
Fuente: Informativo Jurídico

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