El Consejo de Ministros, aprobó en su reunión del 26 de Agosto de 2011, un nuevo Real Decreto Ley  de medidas de Urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo (Programa PREPARA). Entre las medidas aprobadas, destacan las siguientes:

1º) Nuevo Contrato para el Aprendizaje y la Formación

Este contrato persigue la finalidad de mejorar las oportunidades de empleo y formación de los jóvenes en situación de desempleo, a través de la cualificación profesional de los trabajadores en un Régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa, con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación para el empleo o del sistema educativo. Este nuevo tipo de contrato, inspirado en el sistema de formación dual alemán, supone la derogación del actual contrato para la formación, que apenas constituye el 1% del total de las contrataciones.

 

Como principales características, debemos destacar que podrá realizarse con trabajadores mayores de 16 y menores de 25 años sin cualificación profesional (es decir que no tengan el Título en ESO o que, aún teniéndolo, carezcan de Título Universitario, de formación profesional o un certificado de profesionalidad. Igualmente, el texto prevé que de forma transitoria, hasta el 31 de Diciembre de 2013, dicho contrato pueda realizarse también para trabajadores mayores de 25 años  y menores de 30 años, puesto que existen, en esa franja numerosos jóvenes sin cualificación profesional).

 

Este contrato tendrá plenitud de derechos laborales y de protección social ( completa acción protectora de la Seguridad Social, incluido el desempleo y el FOGASA), la duración máxima de la jornada laboral de los trabajadores contratados en esta modalidad, será del 75%, dedicando el resto del tiempo a actividades de formación en un centro formativo. La duración mínima del contrato deberá ser de un año, y la máxima de dos pudiendo prorrogarse un tercero en función del proceso formativo.

 

Respecto a las cotizaciones, con el fin de hacer el contrato atractivo a las empresas, cuando la contratación suponga un incremento de empleo tendrá una reducción del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social durante la vigencia del contratos, si éste se formaliza con personas desempleadas. Para las empresas de más de 250 trabajadores, la reducción en las cotizaciones será del 75%.

 

Por último, para favorecer la conversión a Indefinido de estos contratos, las empresas tendrán derecho a una reducción de la cotización social de 1.500.-€/anuales durante 3 años (que se incrementarán hasta los 1.800.-€/anuales en el caso de contratar a una mujer), cuando a la finalización del contrato para la formación y el aprendizaje se transforme el contrato en Indefinido y el mismo suponga creación de empleo fijo en la empresa.

 

2º) Medidas para el Fomento de la Contratación Estable

Visto el incremento que han experimentado las transformaciones en Indefinido dese la Reforma Laboral (entorno al 600%), se ha decidido tomar las siguiente medida:

–          Se podrán transformar hasta el 31 de diciembre de 2011 en contratos de fomento de la contratación indefinida aquellos contratos temporales suscritos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto. pudiéndose aplicar la Reducción del coste de la Indemnización a la extinción de los mismos. Por otro lado, el plazo se amplía hasta el 31 de diciembre de 2012 para los contratos temporales celebrados a partir de la entrada en vigor de la norma, siempre que su duración no exceda los 6 meses.

 

Igualmente, y con el objeto de favorecer el mantenimiento del empleo, se suspende el Art. 15.5 del Estatuto de los Trabajadores, durante un plazo de dos años, permitiendo que durante el mismo, se puedan realizar contratos temporales sin un límite máximo que otorgue la condición de indefinido al trabajador.

3º) Prórroga del Programa PREPARA

El Gobierno ha decidido prorrogar durante 6 meses más, el programa PREPARA, que pretende, a través de política activa de empleo, ayudar a las personas en situación de desempleo en su recualificación profesional para que puedan incorporarse a nuevos puestos de trabajo, mientras perciben una ayuda económica de 400.-€ durante un máximo de 6 meses.

4º) Fondo de Capitalización

Igualmente, el texto preparado por el ejecutivo, incluye también una prórroga hasta el 31 de Diciembre de 2013 del resarcimiento, por parte del FOGASA, del pago de 8 días de salario por Despido Objetivo, aunque, a partir del 1 de Enero de 2012, será únicamente de aplicación a los despidos considerados procedentes.

 

Por último, el texto demora hasta el año 2013 la constitución del Fondo de Capitalización, puesto que en la actualidad, con las condiciones de crisis económica existente, su creación es del todo inviable. Se emplaza a ese año 2013, la negociación de la creación del citado Fondo con las organizaciones sindicales y empresariales.