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El pasado día 24 de Mayo del 2013 el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de Ley de Emprendedores que pretende impulsar la creación de empresas y de puestos de trabajo y que se espera entre en vigor el segundo semestre de este año.

Debido a la transcendencia de la norma a aprobar pasamos a referir los aspectos más importantes de la reforma que se va a llevar a cabo:

1.- EL IVA SE PAGARA CUANDO SE COBREN LAS FACTURAS. Las pymes con una cifra de negocio inferior a 2 millones de euros podrán aplicar el criterio de caja (no ingresar el Iva hasta que se cobre la factura), hasta ahora se ingresaba el Iva cuando se emitía la factura. Esta ventaja , no obstante, va estar sometida a algunas limitaciones, pendientes de desarrollo reglamentario, que harán conveniente valorar los pros y contras de optar por este criterio de caja.

Así cuando se decida no pagar el Iva de las facturas emitidas hasta su cobro tampoco se podrá deducir el Iva soportado    para generar esa venta. Otro problema será que si se decide por el criterio de caja, las empresas a las que se facture también se verán obligadas a aplicar ese criterio con esas facturas recibidas y puede que a esas empresas no les interese. Finalmente habrá que tener en cuenta que los tramites de control por parte de Hacienda serán más grandes (se obligará a declarar los libros de Iva trimestralmente) elevando las cargas de trabajo administrativo para las propias empresas.

2.- ELIMINACION DE TRABAS EN LA CONSTITUCION DE EMPRESAS. Se podrán crear sociedades a través de tramitación electrónica en un plazo de 24 horas y se rebajará el capital mínimo de una sociedad de 3.000 euros a uno. Se creará el proyecto telemático EMPRENDE 3 que permitirá y con sólo un formulario tipo presentar todo la documentación de una vez a las tres Administraciones (estatal, autonómica y ayuntamientos).

3.- REDUCCION DE LA RESPONSABILIDAD DEL EMPRENDEDOR. Se crearán las sociedades de responsabilidad limitada que permitirá que no puedan embargarse la vivienda habitual del deudor siempre que el valor no supere 250.000/300.000€ (todavía no está claro) ni un vehículo de uso particular hasta 20.000€ de valor

4.- COTIZACIONES MAS BAJAS DE PURIEMPLEADOS. Aquellos autónomos que estén pluriempleados tendrán una rebaja del 50% de las bases mínimas de cotización al régimen de autónomos durante los 18 primeros meses.

5.- INCENTIVOS SOCIOS EMRESAS DE NUEVA CREACION. Aquellas personas que inviertan en la creación de nuevas empresas como socios podrán deducirse el 15%, con un límite de 9.000€ ( ejemplo padres que invierten en el negocio de sus hijos).