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La economía española se encuentra en un momento muy delicado debido a la elevada tasa de desempleo. Por ello necesita mejorar su cuota de mercado nacional e internacional para, de esta forma, conseguir un uso más óptimo de la capacidad productiva instalada e incrementar el empleo.

El mayor crecimiento de los precios interiores y de los salarios nominales en España en relación con la zona euro y el resto de la Unión Europea ha sido un elemento determinante en la pérdida de competitividad de la economía española, por ello es imprescindible un Acuerdo Social sobre la evolución de los salarios y beneficios distribuidos

Como aspectos más novedosos de este II Acuerdo, hay que señalar el capítulo de estructura de la negociación colectiva y flexibilidad interna.  En esta materia, los convenios sectoriales de ámbito estatal o en su defecto de Comunidad Autónoma deben desarrollar las reglas de articulación y vertebración que han de regir la estructura de la negociación colectiva apostando por la descentralización.  Ésta descentralización significa que los convenios sectoriales deberán propiciar la negociación en la empresa, a iniciativa de las partes afectadas, de jornada, funciones y salarios, tratando de evitar con ello que la vía de extinción contractual sea la utilizada para la adecuación de la capacidad productiva.

Por último se contempla la inaplicación negociada en la empresa de determinadas condiciones de trabajo pactadas en los convenios colectivos sectoriales, concretamente horario y distribución de la jornada de trabajo, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración, sistema de trabajo y rendimiento y funciones así como las causas para tal inaplicación inclusive de las condiciones salariales, todo ello mediante acuerdo.

Asimismo se incluyen directrices sobre el crecimiento moderado de los salarios para los años 2012, 2013, 2014, en los que se experimentará una subida del 0,5% en 2012, y un 0,6% para el resto del período.