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Dentro del conjunto de medidas que se pretenden  adoptar para luchar contra el fraude fiscal se ha incluido la prohibición de las operaciones en efectivo superiores a los 2.500€ para empresarios y profesionales; estos pagos tendrán que realizarse por transferencia, cheque o medios parecidos, de lo contrario, los infractores se enfrentan a una multa del 25% de la cuantía del pago.

En concreto, esta medida será aplicable a los casos en los que una de las partes que intervenga en el negocio (pagador o cobrador) sea empresario o profesional, con unos topes superiores en caso de turistas. También se abre la posibilidad de “la denuncia” por una de las partes  de la infracción cometida, lo que libraría a esa persona de la sanción a imponerle.